Nieves Alcaíno
En la primera parte de las audiencias públicas que recibió la Comisión de Principios Constitucionales, Nacionalidad y Ciudadanía, se realizaron lo que las coordinadoras de la Comisión (Beatriz Sánchez y Ericka Portilla) llamaron “audiencias intencionadas”. Las audiencias intencionadas consisten en que cada integrante de la comisión eligió a una persona u organización que fue invitada a exponer, para luego abrir espacio a las audiencias públicas abiertas al público en general. Las audiencias no fueron nominativas, es decir, no se conoce quién fue el o la integrante que invitó a cada invitado o invitada, y las coordinadoras aclararon que las y los expositores “eran invitados de la Comisión en su conjunto”. El siguiente documento resume los contenidos que expusieron las y los invitados el día 09 de noviembre de 2021, y sus puntos más importantes, considerando el trabajo específico de la Comisión.
Camila Vergara (Académica e investigadora de la Universidad de Cambridge)
Camila inició su exposición dando a conocer la etimología de la palabra griega democracia. Según la académica, en las democracias actuales “el poder se ha dejado de lado” y las “capas representativas” siempre pertenecen al 10 o 20% más rico. Aclara que la crisis de representación y legitimidad que vive el país, es algo que se comparte con todas las democracias del mundo, incluso las democracias más desarrolladas. Para ella, las personas comunes y corrientes no tienen poder político, ya que votar por representantes no es equivalente a tener poder político, sino que se trata de una “autorización”. Para la investigadora, un buen gobierno se basa en la buena fe de los representantes para que se fiscalicen a sí mismos y ofrece un diagnóstico que se desarrolla a continuación:
Diagnóstico: Corrupción sistémica
- El sistema tiene como consecuencia una desigualdad de poder y de recursos. La ley funciona para continuar la desigualdad estructural. Existe una tendencia a la oligarquización del poder.
Plantea la solución de un constitucionalismo dinámico. No se propone una democracia directa, sino que se incorporen los siguientes mecanismos de democracia directa dentro del sistema:
- Iniciativa popular de ley
- Iniciativa popular de veto
- Iniciativa popular de derogación
- Iniciativa popular de revocación de mandato
- Iniciativa popular de reforma constitucional / Inicio proceso constituyente
Además, propone presupuestos participativos con el fin de que la ciudadanía pueda controlar una parte (porcentaje) del presupuesto municipal.
Alberto Acosta (Economista, político ecuatoriano, y Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador)
A partir de la experiencia del proceso constituyente ecuatoriano, Alberto Acosta presenta tres puntos que están presentes en la Constitución del Ecuador, con el fin de que puedan ser un ejemplo para la Constitución chilena:
- Buen vivir o sumak kawsay (quechua)
- Plurinacionalidad
- Derechos de la naturaleza
Estos tres puntos integran de una u otra manera la cosmovisión indígena. Su inclusión en la Constitución en el año 2008 marcó un hito histórico para el país y para el constitucionalismo mundial, siendo el único país que ha constituido a la naturaleza como sujeto de derecho. Para él, estos elementos son fundamentales para dar una respuesta efectiva a los grandes problemas del colapso climático.
Los tres elementos:
Buen vivir: Es una oportunidad para construir otro tipo de sociedad que garantice la convivencia en diversidad, multiplicidad cultural y armonía con la naturaleza. Recoge una serie de valores, prácticas, visiones, experiencias, y formas de vida existentes en muchos pueblos y nacionalidades originarias del Ecuador. No es una alternativa de desarrollo, sino una alternativa al desarrollo. Nos invita a asumir otros saberes y otras prácticas, y sin llegar a una idealización de la vida indígena, procura una mejora social de la reproducción de la vida digna.
Estado Plurinacional: El Estado colonial y oligárquico se encontraba en una profunda crisis, de la que, aclara el expositor, no se ha salido. En este contexto, el mundo indígena como sujeto político plantea la posibilidad de un resarcimiento histórico, y nos permite repensar el Estado en clave emancipadora. La constitución de un Estado plurinacional es un desafío, pues el Estado plurinacional no es, ni puede ser, un estado híbrido: el Estado tiene que ser otra construcción social democrática en términos de otra sociedad distinta, de otra propuesta de vida, la propuesta del buen vivir.
La naturaleza con derechos: En el mundo indígena, la Madre Tierra no es una metáfora, es una realidad. La naturaleza con derechos se trata de pensar en un esquema que permita la vigencia, la vida de los ecosistemas y las comunidades naturales para que los seres humanos puedan vivir. Los derechos de la naturaleza implican, además de un nuevo marco jurídico, otra economía, y otra concepción de la inclusión de ciudadanía. Estos derechos implican límites a determinadas actividades y la precaución debe ser una de las normas básicas (por ejemplo, santuarios de la naturaleza). No existe contradicción entre derechos humanos y derechos de la naturaleza, estos se complementan. En la Madre Tierra se encuentra el origen de todos los derechos, y la justicia ecológica va de la mano con la justicia social.
Para Alberto Acosta, la construcción de una nueva Constitución plantea la posibilidad de poner en marcha un proceso emancipador, un punto de partida para construir una sociedad fundamentada en los derechos humanos y los derechos de la naturaleza.
Valentina Durán (Directora de Espacio Público, abogada y Máster en Derecho Ambiental) y Benjamín González (Coordinador Ejecutivo del Observatorio Constitucional Ambiental)
La exposición de Valentina Durán y Benjamín González trata sobre el concepto de democracia ambiental, los derechos de acceso a la información, a la participación y a la justicia en asuntos ambientales.
La democracia ambiental es parte de la noción de justicia ambiental, y los derechos de acceso a la información, la participación, y la justicia en asuntos ambientales son derechos humanos.
Derechos de acceso: contenidos en el principio 10 de la Declaración de Río de 1992:
- Acceso a la participación ciudadana en materia ambiental
- Acceso a la información ambiental
- Acceso a la justicia ambiental
Estos derechos son, además, catalizadores de otros derechos como el derecho a un medio ambiente sano, entre otros. Por otra parte, estos derechos son esenciales para ejercer la acción climática.
Son una triada de derechos íntimamente relacionados y están vinculados con el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 16: Tener instituciones sólidas para la paz.
Este contexto nos muestra la importancia de adherir al Acuerdo de Escazú. Es fundamental reactivar la economía, avanzando sin retroceder en lo que se ha avanzado: Principio de no regresión es relevante para la discusión que se está llevando a cabo.
Marisol Peña Torres (Abogada, Profesora de Derecho, Ministra del Tribunal Constitucional entre 2006 y 2018 y Presidenta del Tribunal Constitucional entre 2013 y 2014)
La exposición de Marisol Peña trata sobre los principios constitucionales y su valor para los operadores del derecho como el juez constitucional.
Se inicia la presentación aclarando cómo el texto constitucional será de un tremendo potencial para quienes deban después hacer justicia en los casos concretos. Se entrega un ejemplo de un caso concreto de la aplicación de los principios constitucionales: el Principio de Subsidiariedad.
Importancia de los Principios Constitucionales:
- Como parámetros de interpretación: Los principios contribuyen a ir dando concreción a los valores que la Constitución recoge y ayudan en la solución de los “casos difíciles”.
- Como forma de entender derechos fundamentales en cuanto “mandatos de optimización” (derechos sociales).
Sobre el lugar dentro de la Constitución en donde deben insertarse los principios constitucionales, la abogada establece que deben situarse en el Preámbulo, o en el articulado de la carta fundamental. Si se insertan dentro del articulado, deben estar en el capítulo inicial, o bien, a lo largo de todo su texto.
Valor de los Preámbulos en las constituciones:
- Configura un puente en el tiempo entre diversas generaciones.
- Sintetiza los ideales del pueblo, o de los pueblos, al que se dirige la Constitución.
- Fija rasgos de su identidad.
- Contribuye a aunar los múltiples ánimos que confluyen en la elaboración de la Constitución.
- Son el parámetro obligado para la interpretación de las normas constitucionales y de la Constitución como un todo.
Conclusiones:
- Las constituciones contemporáneas son “principialistas”. Ello contribuye a su mejor aplicación a la hora de hacer justicia en los casos concretos y de llenar eventuales vacíos normativos.
- Los principios constitucionales pueden estar contenidos en el Preámbulo de la carta o dentro de su articulado. En este último caso, no es incompatible la existencia de un Preámbulo.
- Lo importante es asegurar su carácter vinculante como parámetros de interpretación constitucional.
- Los principios constitucionales no pueden dejar de incluir el respeto a la supremacía constitucional de parte de todos (órganos del Estado y particulares) y la vinculación directa de la Constitución sin estar supeditada a la ley. Por esto la importancia del sistema de justicia constitucional.
Silvia Silva (Presidenta de la CUT) y Eric Campos (Secretario General de la CUT)
La Presidenta y el Secretario General de la Central Unitaria de Trabajadores hacen entrega a la Comisión de una propuesta sindical constitucional para un nuevo Chile desde las múltiples dimensiones del trabajo decente. La propuesta recoge demandas y propuestas de trabajadores y trabajadoras, y se realiza con un concejo de asesores constitucionales.
Para los dirigentes de la CUT, el trabajo decente debe ser un pilar de la nueva Constitución. La propuesta que elaboran, y que entregan a la Comisión, contiene dos elementos:
- Consagrar en el Preámbulo de la Constitución la importancia del reconocimiento y la valoración de todo trabajo humano.
- Establecer el trabajo decente como un principio de rango constitucional, lo que transforma el trabajo decente en un paradigma constitucional.
Se busca que los integrantes de la Convención se comprometan con que a todas las personas se le asegure un trabajo decente como un derecho humano básico de la ciudadanía. Esta petición se basa en la idea de que la sociedad se construye en torno al trabajo de todos y de todas. Por otra parte, aseguran que los sindicatos son fundamentales para una sana convivencia democrática.
El concepto de trabajo decente tiene cuatro objetivos estratégicos que, desde la CUT, creen que deben quedar establecidos en la nueva Constitución:
- Derechos fundamentales en el trabajo
- Oportunidades de empleo
- Protección social
- Diálogo social
Cada uno de ellos cumplen metas más amplias, como lograr la inclusión social, la erradicación de la pobreza, el fortalecimiento de la democracia, el desarrollo integral y la realización personal.
Desde la CUT, se espera que la nueva Constitución reconfigure no solo las garantías fundamentales del derecho al trabajo y su protección, sino que también aquellos derechos vinculados al principio de libertad sindical, negociación colectiva y derecho a huelga. Para ellos, la mejor garantía que tienen las trabajadores y trabajadores, y los sindicatos ante el abuso patronal y la desigualdad, es la consagración en el texto constitucional de elementos esenciales en la relación empresario – trabajador. Estos elementos van desde derechos mínimos irrenunciables, hasta la negociación colectiva y la huelga.
A continuación, se entregan detalles de la propuesta construida participativamente y validada técnicamente, la que junto a proponer que la nueva Constitución consagre en su Preámbulo, y como principio fundamental el paradigma del trabajo decente, contiene además otras demandas y necesidades de los trabajadores y trabajadoras:
- La nueva Constitución debe reconocer especialmente la dignidad del trabajo, garantizando la igualdad en el trato.
- Respecto de las condiciones laborales entre hombres y mujeres, deben promover la necesaria consideración de la conciliación entre la vida familiar y la laboral.
- Se debe garantizar el acceso a la protección social bajo parámetros de estándares de trabajo decente a trabajadores y trabajadores.
- La nueva Constitución debe garantizar un ingreso mínimo y la igual remuneración en trabajos de un mismo valor para garantizar eliminar o disminuir la brecha salarial de género.
- Ingreso o salarios deben estar por sobre la línea de la pobreza.
Además, los expositores establecen que la nueva Constitución debe reconocer expresamente la libertad sindical con sus tres componentes: como derecho fundamental, reconociendo expresamente la titularidad sindical, el derecho a huelga, además de valorar el aporte que llevan a cabo los dirigentes sociales y sindicales, eliminando todo obstáculo de participación en la vida política.
- La nueva Constitución debe reconocer el derecho de los sindicatos y las empresas a negociar de manera ramal o sectorialmente.
- La nueva Constitución debe hacer expresa mención al rol del Estado como empleador y su respeto a los derechos fundamentales para evitar exclusiones discriminatorias, garantizar los derechos individuales de sus funcionarios y funcionarias, y la garantía del ejercicio a la libertad sindical de sus organizaciones.
Por último, la nueva Constitución debe hacerse cargo del gran numero de trabajadores que no se rigen por el código del trabajo y que están fuera de la formalidad laboral, a quienes de les debe garantizar condiciones dignas de trabajo, estándares comunes en protección previsional, y el derecho a organizarse y a negociar.
Octavio del Favero (Director Ejecutivo de Ciudadanía Inteligente) y Federica Sánchez (Coordinadora de Incidencia y Contenidos de Ciudadanía Inteligente)
Los invitados a la audiencia inician su exposición valorando el proceso constituyente como una oportunidad para reconciliar dos aspectos de la democracia, por una parte, la representación política, y por otra, la participación. Se entrega un diagnóstico sobre el contexto chileno, algunos desafíos democráticos, objetivos para el proceso, y una propuesta específica sobre mecanismos de democracia directa.
Diagnóstico: La agonía de la democracia electoral
- Democracia con baja participación electoral a nivel regional y mundial.
- Desigualdad en la participación expresa desigualdades socioeconómicas.
- La representación y las políticas públicas se ven afectadas.
- No hay rendición de cuentas vertical y no permite un diálogo fluido entre ciudadanía y sistema político.
- Riesgos de autocratización.
Desigualdad política, social y económica:
- Los que votan con mayor frecuencia son aquellos con niveles socioeconómicos más altos, mayores ingresos y mayores niveles de educación.
- Los sectores más vulnerables, pobres y con menos educación suelen acudir a las urnas con mucha menos frecuencia.
- Diferencias en participación a nivel comunal.
Mecanismos de democracia directa:
Los mecanismos de democracia directa no deben ser entendidos como un reemplazo a la representación, sino que como un complemento a ésta. La nueva constitución es una oportunidad para proponer un nuevo diseño de instituciones democráticas participativas que construyan una nueva forma de conectar la política con la sociedad en su diversidad.
Son una ampliación del ejercicio de la ciudadanía para integrar nuevas posturas al debate e involucrar a distintos grupos en éste.
Diseño institucional de los mecanismos de democracia directa:
Que los mecanismos de democracia directa sirvan para el propósito de fortalecer la democracia depende de su diseño que debe:
- Estar al servicio de la ciudadanía, no de quienes ostentan el poder.
- Ser accesibles.
- Establecer condiciones para un debate informado y competitivo
- Ser entendidos como un complemento a los órganos de representación.
Mecanismos recomendados:
- Plebiscito de iniciativa popular: Plebiscito por el cual la ciudadanía puede proponer y aprobar una ley
- Referéndum derogatorio: Votación en la que la ciudadanía puede rechazar la promulgación de una ley o medida por parte de un poder del Estado.
- Referéndum constitucional: Votación obligatoria y necesaria para cualquier modificación al recto constitucional, así como acuerdos y tratados. Al ser automático, no posee requisitos de firmas ni quórums de iniciación.
- Contrapropuesta legislativa: Posibilidad del legislativo de proponer una alternativa a la propuesta ciudadana en un plebiscito de iniciativa de popular. Esto permite un diálogo fluido entre representantes y la población.
Mecanismos no recomendados:
- Plebiscito de iniciativa de la autoridad: Posibilidad de un poder del Estado de someter una política a votación popular en lugares de por los canales convencionales. El problema es caer en el uso de plebiscitos para legitimar artificialmente aquello par lo que no se ha reunido suficiente apoyo político.
- Referéndum de iniciativa de la autoridad: Posibilidad de un poder del Estado de someter una política a votación popular para ser derogada en lugar de por los canales convencionales.