Cláusula de obligaciones, libertad de expresión, derecho de propiedad, libertad de emprender, libertad de culto y religión forman parte de los artículos que fueron aprobados. El informe será sometido a votación en el Pleno el miércoles 30 de marzo.
Derecho a la reunión, derecho a la honra y libertad de pensamiento figuran entre las temáticas de los artículos que fueron incluidos en el informe de reemplazo de Derechos Fundamentales y que la Comisión aprobó durante las votaciones de la semana pasada.
Las votaciones se llevaron a cabo durante las jornadas del martes, miércoles y jueves, con sesiones extendidas hasta total despacho, con un total de 18 artículos aprobados. El debate y los mismos sufragios, según las voces de la Coordinación de la Comisión, se ha dado de forma tranquila, con una participación transversal, llegando incluso a tener en dos oportunidades votaciones unánimes.
Entre los artículos más llamativos que fueron aprobados por la Comisión se encuentran el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión y cosmovisión, el cual entrega la libertad a las personas de profesar o modificar su religión y sus creencias. Así también, garantiza la existencia de un Estado laico, y el libre ejercicio en el espacio público o privado, el culto, la celebración de los ritos, las prácticas espirituales y la enseñanza.
La libertad de expresión es otro de los artículos aprobados. La iniciativa señala que las personas tienen derecho a expresarse libremente de cualquier forma y por cualquier medio, que no existirá censura previa sino que solamente en la medida en que la ley lo determine, se asegurará el pluralismo en los medios de comunicación y se garantizará el discurso xenófobo, de odio racial, religioso, sexual o de género.
También se aprobó la libertad de emprender y de desarrollar actividades económicas, que garantiza que todas las personas tienen la libertad de emprender en concordancia con los derechos de la Constitución y la protección de la naturaleza. El artículo incluye además la promoción del desarrollo de las pymes, la protección del consumidor y el castigo a la colusión.
El derecho de propiedad –uno de los derechos que han generado mayor debate– entrega el derecho sobre todas las especies y clase de bienes salvo los que la naturaleza ha hecho comunes o los constitucionalmente inapropiables.
El derecho que más polémica ha generado es el de propiedad indígena, el cual señala que los pueblos y naciones indígenas reconocidas por la constitución tienen derecho colectivo a tierras y territorios que tradicionalmente han poseído, ocupado, utilizado o adquirido.
La coordinadora de la Comisión, Janis Meneses recalcó que “hay un aire de diálogo, lo que permite avanzar y poder llegar la próxima semana a votar los derechos sociales que importan tanto a la ciudadanía”.
Por su parte, el coordinador César Valenzuela afirma que tras la aprobación de iniciativas comienzan a desaparecer los fantasmas de la Convención y destaca el trabajo: “Se señaló que se iban a prohibir las religiones, que las religiones no se iban a poder manifestar en los lugares públicos, situación que queda claramente determinada”.
El informe fue despachado tras la sesión del jueves y será sometido a votación en general y en particular en el Pleno del miércoles 30 de marzo.
- Revisa a continuación los artículos aprobados del informe de reemplazo DDFF:
- Artículo 2 – Cláusula de obligaciones generales y sujetos obligados.
- Artículo 5 – Regulación y limitación de los derechos fundamentales.
- Artículo 6 – Titularidad de los derechos.
- Artículo 7- Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión y cosmovisión
- Artículo 8 – Libertad de expresión.
- Artículo 9 – Derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia.
- Artículo 11- Derecho a la libertad ambulatoria.
- Artículo X – Prohibición de desplazamiento forzado.
- Artículo 12- Derecho a la identidad.
- Artículo 14- Libertad de emprender y de desarrollar actividades económicas.
- Artículo 15 – Derecho a la privacidad.
- Artículo 18 – Derecho de propiedad.
- Artículo 20 – Prohibición de privación de propiedad
- Artículo XX – Derecho colectivo indígena a sus tierras y territorios.
- Artículo 28 – Derecho a la honra.
- Artículo 44 – Derecho a reunión
- Artículo 48 – Derechos de las personas frente a la Administración del Estado.
- Artículo 50 – Derecho de petición.