Desde el 18 de marzo que Chile se encuentra bajo
estado de excepción constitucional por el brote de Covid-19. Esto ha implicado restringir reuniones y locomoción, además de dejar en manos de las Fuerzas Armadas y Carabineros la fiscalización y control en la vía pública para identificar y sancionar a quienes infrinjan las medidas sanitarias determinadas por la autoridad. No en todas las ciudades están las mismas restricciones, sobre todo desde que partió el
plan de apertura gradual “Paso a Paso”, pero en Iquique hay cuarentena total desde el 13 de mayo, y eso no ha cambiado.
En ese contexto, el sábado 8 de agosto, personal de la Armada intentó fiscalizar al diputado comunista Hugo Gutiérrez, quien circulaba en su vehículo por las calles de esa ciudad. Un
video que se filtró en redes sociales muestra que cuando al parlamentario le pidieron dejar registro de sus datos y mostrar el permiso respectivo para salir durante cuarentena, se rehusó indicando: “Ustedes no pueden controlarme. Yo lo controlo a usted (…) Yo soy la autoridad pública acá, en consecuencia yo tengo un fuero parlamentario”.
Tras revisar los antecedentes respecto a las normas vigentes que regulan la circulación en estado de catástrofe y aquellas que definen el marco de los fueros parlamentarios, Contexto Factual determinó que la afirmación del diputado es FALSA, PERO…
Ante la consulta de este medio sobre las leyes y reglas que lo excluirían de un control en la vía pública al ser autoridad, Gutiérrez señaló tres cuerpos normativos. Primero, dijo, que “el artículo 44 de la
Constitución dispone que una ley orgánica constitucional regulará los estados de excepción constitucional. «Dicha ley contemplará lo estrictamente necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional y no podrá afectar las competencias y el funcionamiento de los órganos constitucionales ni los derechos e inmunidades de sus respectivos titulares».”
Luego citó el artículo 61 de la Carta Magna, inciso segundo: “Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.”
Por último, el parlamentario se refirió al
Instructivo sobre permisos de desplazamiento del Ministerio del Interior: “Establece un listado de casos en que se autorizará el desplazamiento de personas en sectores o localidades declaradas en cuarentena territorial, en horario de toque de queda y a través de cordones sanitarios portando sólo credencial o documento institucional, acompañado siempre de la cédula de identidad. Este listado, incluye a los «miembros y funcionarios del Congreso Nacional y de la Biblioteca del Congreso Nacional, en el marco del cumplimiento de sus funciones»”.
Incluso, el subsecretario del Interior y Seguridad Pública, Juan Francisco Galli
argumentó en un video que “nadie está por sobre la ley y se seguirá fiscalizando a todas las personas. El principio de igualdad ante la ley, quizás uno de los principales de nuestra democracia, consiste justamente en que nadie tiene privilegios. Todas las autoridades debemos someternos al control como cualquier ciudadano y nadie puede arrogarse una autoridad que no tiene”.
Asimismo, el fuero parlamentario –especificado en el artículo 61 de la Constitución– es un beneficio de índole puramente procesal. Esto implica que un parlamentario en ejercicio no puede ser procesado o privado instantáneamente de su libertad, sin que antes exista un pronunciamiento de la Corte de Apelaciones respectiva, a menos que se trate de un delito flagrante.
En ese sentido, el diputado Gutiérrez tiene razón: sí goza de fuero parlamentario, pero el control que se le realizó en Iquique no fue un procesamiento ni una privación instantánea de su libertad, por lo tanto, en esa situación el fuero no aplica.