El centro de estudios fundado por Luis Larraín, Hernán Büchi, Cristián Larroulet y Cristián Cáceres, comandado actualmente por exministra de Educación Marcela Cubillos, no se ha quedado fuera del proceso constituyente. En ese marco, presentaron una serie de consideraciones para tomar en cuenta en la elaboración del reglamento de la Convención Constitucional, que incluyen datos sobre los plazos, la estructura y funcionamiento del órgano, el quórum y las votaciones, y la participación y transparencia del proceso.
“Tan importante como los contenidos de la nueva Carta Fundamental, serán las reglas y procedimientos que los convencionales establezcan para realizar el trascendental debate. A mayor abundamiento tan importante como las reglas será la voluntad permanente de adherir a las mismas y a las limitaciones impuestas”.
Es una de las primeras ideas que presenta el centro de estudios Libertad y Desarrollo (LyD) en su documento “Reglamento de la Convención Constitucional: Aportes para la discusión” (ver documento completo aquí), en el cual se tocan cuatro puntos principales a considerar en la elaboración de las reglas que regirán al órgano que redacte la propuesta de Carta Magna, con los objetivos de “facilitar el proceso (a través de un diseño simple y flexible en términos de organización y procedimiento), promover la cooperación y confianza al interior de la Convención y resguardar estándares de calidad técnica, al tiempo de ser comprensible para la ciudadanía”.
Revisa las propuestas a continuación:
Plazo para dictar el reglamento
Dado que la Constitución actual no determinó un plazo para que el reglamento esté listo, desde LyD advierten que esto podría convertirse en un riesgo, tal como ocurrió en Bolivia, que se demoró siete meses en dictar sus reglas.
Señalan que esto podría implicar que el Congreso Nacional deba discutir una ampliación del trabajo constitucional, en adición a los tres meses prorrogables que determina la Carta Magna, lo que “a todas luces no sería recomendable dada la incerteza jurídica que ello acarrearía, sobre todo en el complejo contexto fiscal, económico, político y social que atraviesa nuestro país”.
Estructura y funcionamiento de la Convención
Lo primero que indican desde LyD es que se pueden tomar como ejemplo los reglamentos de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado y hacer adaptaciones respectivas tanto a las necesidades de la Convención como las de la pandemia.
De aquello toma la necesidad de que la Convención se organice en comisiones, que exista un mecanismo de votaciones en general y en particular o la presentación de indicaciones.
¿Cuáles son las temáticas que proponen a discutir?
Que hayan comisiones de Derechos, de Gobierno/Congreso, de Descentralización y de Órganos Autónomos. Asimismo, se debe considerar una comisión de Ética y de régimen interno, junto a una de participación ciudadana y la comisión de armonización, revisión o de técnica constitucional que sea la encargada de darle coherencia a los distintos textos aprobados por las comisiones y el pleno.
Otra recomendación es limitar el número de comisiones para evitar “la excesiva fragmentación temática que puede tender una hiper regulación o maximalismo en cada tema constitucional”, y así también favorecer a los grupos que tengan menos representación en la Convención, pues según LyD, a mayor número de comisiones, menor es la posibilidad de incidir en los contenidos.
Otro punto en el que enfatizan, es la composición de la mesa directiva, que si bien actualmente está determinado que deberá tener un presidente/a y vicepresidente/a, se evalúa la posibilidad de aumentar el número de participantes en la instancia entre tres a cinco, dado el rol que tendrá en la discusión, que incluye ordenar el debate, proponer un cronograma de trabajo y votaciones y definir plazos.
Respecto a la conformación de la Secretaría Técnica, proponen que esté integrada por representantes técnicos de los sectores representados en la Convención. Esto para que “así integrada podría además ayudar a acercar posiciones”.
Por último, refieren a que los grupos políticos, independientes y de pueblos originarios puedan organizarse en bancadas.
Quórum de ⅔ y procedimiento de las votaciones
Si bien el quórum definido para la aprobación de la Constitución es alto, desde LyD señalan que esto es una garantía para asegurar que tanto el reglamento como el texto constitucional sean productos de amplio acuerdo entre las partes.
Destacan de todas formas que hay consenso entre los académicos para que al interior de las comisiones las materias sean resueltas por mayoría absoluta (similar a como ocurre hoy en el Congreso Nacional) para darle mayor fluidez al debate y que los ⅔ sean exclusivos del plenario.
Asimismo, para que los diferentes contenidos tengan coherencia entre sí, aseguran que debe haber una Comisión Revisora –parecido al rol de las comisiones mixtas del Congreso cuando no se logra llegar a un acuerdo entre las dos Cámaras– que luego de mirar en detalle las propuestas, las pasará al plenario para su votación, tomando en consideración la propuesta del abogado Sebastián Soto.
Participación y transparencia
LyD indica que cualquier forma de participación ciudadana deberá estar determinada por el reglamento. Junto a esto, señalan que si bien hay un amplio llamado a que haya alta participación, hay que tomar en consideración ciertos aspectos:
- Debiese existir conciencia entre los integrantes de la Convención sobre los límites inherentes de la participación ciudadana, ya que no necesariamente quienes deseen participar serán grupos representativos de la población.
- Los convencionales debieran tener claridad de que no es su deber, ni la Constitución el instrumento, para hacer presente todas las demandas de la ciudadanía.
- Los convencionales electos son representantes de las distintas ideas políticas presentes en la sociedad y que su elección es el mecanismo insigne para hacer valer las preferencias. Así, la participación ciudadana, que debe existir en este proceso, debiera ser funcional a la Convención.
Por otro lado, desde LyD señalan que todas las sesiones de las comisiones y el plenario sean “en todo momento transparentes (…) puede terminar generando espacios desinstitucionalizados de negociación (que los habrá, pero si no existen espacios cerrados puede incentivarse aún más) lo que puede ocurrir de deliberarse en una permanente vitrina”.
Para que los convencionales no estén necesariamente pendientes de responder a una audiencia, consideran la posibilidad de pueda haber espacios institucionalizados de deliberación reservados, fundados en causales específicas o en el privilegio deliberativo. No obstante, esto no sería de forma permanente y deberán haber actas públicas tanto para el escrutinio ciudadano como para la historia del proceso.